DOCUMENTACIÓN SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD
¿Qué empresas deben contar con un sistema de gestión de seguridad (SGSST)?
Todas sin excepción, incluyendo MYPES y micro empresas de todos los sectores económicos.
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783
¿Qué requisitos son obligatorios?
La Ley N° 29783 establece los siguientes requisitos legales y normativos obligatorios por el empleador:
Políticas, Planes y programas, procedimientos, prácticas y recursos en prevención de riesgos laborales
Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST) en centro de labores de más de 20 trabajadores
IPER base Identificación de peligros, evaluación de riesgos y control.
Monitoreos Ocupacionales de agentes físicos, químicos, biológicos,
Capacitación anual a los trabajadores en un mínimo de 4 temas en seguridad y salud en el trabajo facultado por un especialista.
Inspecciones periódicas de seguridad y corregir los riesgos presentes en la organización.
Plan de Emergencias de acuerdo a las actividades y entorno de la empresa.
Conformar, Registrar y Capacitar al Comité de Seguridad, Supervisor y/o Sub Comités (según número de trabajadores del centro de trabajo).
Notificar los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales al MTPE (*)u
Garantizamos tranquilidad y soluciones a medida
Existen más requisitos obligatorios de acuerdo a las actividades de riesgo, sector y/o CIIU de tu empresa
Confían en nosotros
Somos una empresa peruana especializada en Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empresas.
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